Plan de accesibilidad para contenidos digitales

Plan de accesibilidad para contenidos digitales

Antecedentes

La Ley contra la Discriminación de Colorado establece que es ilegal que cualquier persona discrimine a una persona con discapacidad. En 2021, la Asamblea Legislativa de Colorado aprobó el proyecto de ley HB21-1110, que refuerza las protecciones para las personas con discapacidad. En concreto, la nueva ley establece que constituye una práctica discriminatoria que una entidad gubernamental:

  • Excluir a una persona de la participación en servicios, programas o actividades ofrecidos por una entidad pública, o negarle el acceso a los beneficios de los mismos, debido a su discapacidad; y 
  • No elaborar un plan de accesibilidad y no cumplir plenamente las normas de accesibilidad para personas con discapacidad elaboradas por la Oficina de Tecnología de la Información del Gobernador (OIT) antes del 1 de julio de 2024. 

La accesibilidad se refiere a contenidos digitales que sean perceptibles, manejables y comprensibles, y que permitan de manera razonable a una persona con discapacidad acceder a la misma información, participar en las mismas interacciones y disfrutar de los mismos servicios que se ofrecen a otras personas, con la misma privacidad, independencia y facilidad de uso que tienen las personas sin discapacidad. Se entiende por «contenido digital» cualquier contenido que exista en formato digital, independientemente de su ubicación.

La ley HB21-1110 se aplica específicamente a toda la tecnología, tanto de hardware como de software, tanto de uso público como interno, incluida cualquier tecnología proporcionada o adquirida por una entidad gubernamental que sea utilizada por el público o por un empleado de dicha entidad. Esta tecnología incluye, entre otros, sitios web, aplicaciones, quioscos, señalización digital, documentos, vídeo, audio y herramientas de terceros. Además, las aplicaciones, los programas y los sistemas operativos subyacentes deben permitir la instalación y el uso efectivo de, y ser compatibles con, software y dispositivos periféricos que faciliten la accesibilidad a las personas con discapacidad.

A más tardar el 1 de julio de 2024, las administraciones locales deberán elaborar un plan de accesibilidad basado en las normas de accesibilidad desarrolladas por la OIT y cumplir plenamente con las normas WCAG vigentes en la creación y publicación de cualquier contenido y material en línea, incluyendo, entre otros, textos, enlaces, imágenes, formularios, archivos PDF, documentos y aplicaciones de terceros integradas.

Ámbito de aplicación

El Plan de Accesibilidad de las Escuelas del Valle de St. Vrain se aplica a todos los contenidos digitales publicados o puestos a disposición por el distrito, incluyendo, entre otros:

  • Sitios web disponibles en www.svvsd.org
  • Publicaciones e interacciones oficiales de St. Vrain en las redes sociales
  • Publicaciones e interacciones profesionales en redes sociales de los empleados de St. Vrain en el ejercicio de sus funciones oficiales
  • Comunicaciones, como boletines informativos, correos electrónicos, blogs, vlogs, etc., a nivel de distrito, departamento, centro educativo, aula y equipo.
  • Recursos curriculares, como libros de texto digitales, recursos en línea, materiales complementarios, planes de estudios digitales, etc.
  • Entornos digitales de aprendizaje y evaluación utilizados para la formación profesional y/o la enseñanza en las aulas de educación infantil, primaria y secundaria, incluyendo el sistema de gestión del aprendizaje, el sistema de información sobre los alumnos, los sistemas de matriculación en línea, los sistemas de seguimiento del progreso, etc.
  • Herramientas internas destinadas a los empleados, entre las que se incluyen herramientas de productividad, sistemas ERP, gestión de bajas, sistemas de gestión del aprendizaje (LMS) y sistemas de control de horarios

Normas

Las Escuelas del Valle de St. Vrain seguirán y cumplirán las normas de accesibilidad adoptadas por la OIT. A partir del 1 de julio de 2024, las directrices vigentes serán las Pautas de Accesibilidad al Contenido Web (WCAG) 2.1, Nivel AA, disponibles en https://www.w3.org/TR/WCAG21/. Las referencias en este Plan de Accesibilidad a las «normas WCAG actuales» se refieren a las Pautas de Accesibilidad al Contenido Web (WCAG) 2.1 Nivel AA, tal y como dichas pautas puedan ser modificadas ocasionalmente, o tal y como puedan ser sustituidas por diferentes pautas y requisitos promulgados por la OIT en el futuro.

Declaración de accesibilidad

El distrito escolar St. Vrain Valley Schools se compromete a garantizar un acceso equitativo a nuestros servicios, programas y actividades.

Nuestro compromiso continuo con la accesibilidad tiene como objetivo cumplir con las normas WCAG vigentes. Estas directrices contribuyen a que la tecnología sea accesible no solo para los usuarios con discapacidades sensoriales, cognitivas y de movilidad, sino, en última instancia, para todos los usuarios, independientemente de sus capacidades.

Nuestros esfuerzos forman parte de un cambio significativo destinado a hacer que todos los servicios del Estado de Colorado sean inclusivos y accesibles. Agradecemos cualquier sugerencia o comentario sobre cómo mejorar la accesibilidad de nuestra tecnología para los usuarios con discapacidad, así como las solicitudes de adaptaciones para cualquier servicio del Estado de Colorado.

Formación anual

Todo el personal deberá recibir formación básica sobre accesibilidad de los contenidos digitales. Dicha formación incluirá las mejores prácticas y los requisitos de accesibilidad comunes a todo el personal (por ejemplo, correo electrónico, comunicaciones masivas y paquetes ofimáticos), así como las funciones y responsabilidades de cada empleado para garantizar que los contenidos digitales sean accesibles. La formación proporcionará a cada persona los conocimientos, las habilidades y la experiencia suficientes para comprender y aplicar las normas técnicas exigidas por la Ley HB21-1110 y la OIT.

Es posible que se requiera formación avanzada adicional para los usuarios de herramientas específicas, entre las que se incluyen, entre otras, el sistema de gestión de contenidos web, el sistema de gestión del aprendizaje, los sistemas de comunicación masiva y las plataformas de redes sociales. 

Compras y aprovisionamiento

El Distrito no adquirirá contenidos digitales ni sistemas prestados en formato digital a menos que el proveedor certifique que cumplen las normas de accesibilidad adoptadas por la OIT.

Comprobación de accesibilidad del nuevo contenido digital

Al crear o añadir contenido digital nuevo a un sitio web, una página, un correo electrónico, una publicación en redes sociales o cualquier otra plataforma, el propietario del contenido se asegurará de que la información cumpla con los requisitos establecidos en la ley HB21-1110 y por la OIT. Todo el contenido digital deberá proporcionarse en un formato accesible para todos los destinatarios potenciales. 

Solicitudes de alojamiento y comentarios

Para solicitar adaptaciones o modificaciones razonables, o para informar sobre contenidos inaccesibles, póngase en contacto con el servicio de asistencia a través de cualquiera de los siguientes medios:

En un plazo de 7 días naturales a partir de la recepción de la incidencia o solicitud, el empleado del distrito responsable del servicio en cuestión se pondrá en contacto con la persona que haya presentado la incidencia o solicitud para analizar el problema y las posibles soluciones. En un plazo de 14 días naturales a partir de la reunión, el Distrito responderá en un formato accesible para el solicitante. La respuesta ofrecerá opciones para su resolución. Si la respuesta no resuelve satisfactoriamente la incidencia o solicitud, el solicitante o la persona que este designe podrá presentar una reclamación siguiendo los procedimientos descritos en la Política de la Junta AC-E-1

Auditoría de accesibilidad

Sitio web

El Departamento de Comunicación llevará a cabo anualmente una auditoría de accesibilidad del sitio web de las Escuelas del Valle de St. Vrain (incluidas todas las páginas de los centros y departamentos). La auditoría garantizará que todas las páginas alojadas en el dominio de St. Vrain (www.svvsd.org) cumplan con las normas WCAG vigentes. Además, se incluirán en la auditoría todos los recursos complementarios, incluidos los archivos de vídeo, audio, PDF y descargables.

Se enviará al propietario o editor de la página una lista de las páginas y archivos que no cumplen las normas de accesibilidad, junto con instrucciones para subsanar el problema. El propietario o editor deberá corregir el problema o eliminar la página o el elemento que no cumpla las normas de accesibilidad.

Sistema de gestión del aprendizaje (LMS)

El Departamento de Servicios Tecnológicos del Distrito (DTS) se asegurará de que los departamentos y los responsables de los cursos presenciales y de formación profesional realicen una auditoría anual de los contenidos que hayan creado y almacenado en el LMS y que estén actualmente en uso, y de que confirmen anualmente el cumplimiento de dichos contenidos. La auditoría garantizará que todos los cursos alojados en el LMS de St. Vrain o distribuidos a través de él cumplan con las normas WCAG vigentes. Además, se incluirán en la auditoría todos los contenidos de apoyo, los recursos y las herramientas de aprendizaje.

El responsable o editor del contenido elaborará una lista de los cursos, páginas y archivos actualmente en uso que no cumplan las normas de accesibilidad, junto con las medidas concretas adoptadas para solucionar el problema o los problemas. En un plazo de 21 días, el responsable o editor solucionará el problema o eliminará la página o el elemento que no cumpla las normas de accesibilidad.

Otras aplicaciones digitales

El DTS deberá proporcionar documentación sobre el estado actual de las aplicaciones digitales adoptadas anteriormente en Codex, el repositorio de aplicaciones del distrito. Los responsables de producto deberán garantizar que las aplicaciones digitales que adquieran y mantengan se comuniquen al DTS en Codex, se revisen anualmente y que se facilite al DTS una declaración por escrito de conformidad con las normas WCAG vigentes para su inclusión en la ficha de Codex. La documentación deberá reflejar la garantía del proveedor de que cumple con las normas WCAG vigentes. 

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