Permisos de los empleados

Permisos de los empleados

Permisos de los empleados

Para St. Vrain es importante que los empleados disfruten de un buen equilibrio entre el trabajo y la vida personal y que tengan la oportunidad de «recargar pilas» sin preocuparse por sus ingresos. Por ello, las Escuelas del Valle de St. Vrain ofrecen días festivos, vacaciones y permisos remunerados.


Los empleados de categoría «clasificada», «profesional/técnica» y «certificados» podrán participar en uno de los dos bancos de bajas por enfermedad voluntarios, que permiten a los empleados donar una parte determinada de sus días libres remunerados a un banco de bajas por enfermedad destinado a ayudar a los empleados que cumplan los requisitos del programa. Este programa garantiza la continuidad del salario y las prestaciones a los empleados que cumplan los requisitos en caso de enfermedad o lesión personal prolongada que les impida trabajar.

Los empleados que cumplan los requisitos podrán afiliarse como nuevos contratados o durante el periodo de inscripción abierta a las prestaciones, con aportaciones procedentes de sus horas de permiso remunerado por un importe equivalente al número de horas trabajadas al día. Se podrá solicitar un permiso para un periodo de recuperación si:

Empleados certificados (con licencia)Personal de categorías específicas, empleados profesionales y técnicos
Miembros con derecho a participar:Todos los profesores, tal y como se definen en el artículo 1.1 del Convenio, con excepción de los profesores de intercambio internacional.Miembros con derecho a prestaciones:Todos los empleados clasificados y profesionales/técnicos con derecho a prestaciones que trabajen al menos 17,5 horas a la semana
Eres miembro del Banco de bajas por enfermedadHas estado afiliado al Banco de Bajas por Enfermedad durante al menos un año completo (12 meses) inmediatamente antes del inicio de tu permiso de ausencia.
Has presentado a Recursos Humanos un certificado médico en el que se indica la enfermedad o lesión y el tiempo de recuperación previsto, a través del proceso de solicitud de baja.Te encuentras en una baja autorizada por el departamento de Recursos Humanos.
Ya has agotado todos tus días de baja remuneradaYa has agotado todos tus días de baja remunerada
Has completado 15 días de «Diff Dock» (la diferencia entre tu tarifa diaria y la tarifa diaria que se paga a un sustituto, independientemente de si realmente necesitas un sustituto o no).Has disfrutado de 10 días de permiso no remunerado
Tu solicitud debe presentarse en un plazo máximo de 30 días naturales a partir de la fecha en que el afiliado se reincorpore al trabajo.Tu solicitud debe presentarse en un plazo máximo de 30 días naturales a partir de la fecha en que el afiliado se reincorpore al trabajo.
Ventaja:Los miembros pueden obtener hasta 60 días de baja del Fondo de bajas por enfermedad en un mismo curso académico.Ventaja:Los miembros pueden obtener hasta 50 días de baja del Fondo de bajas por enfermedad en un mismo curso académico.

Todas las solicitudes relacionadas con el Banco de Permisos por Enfermedad serán revisadas por una comisión, y cualquier decisión que esta adopte será definitiva y no estará sujeta a procedimientos de reclamación. No podrás solicitar horas del Banco de Permisos por Enfermedad mientras estés percibiendo una indemnización por accidente laboral o una prestación por incapacidad temporal del PERA.Los estatutos y procedimientos completos relativos al Banco de Permisos por Enfermedad Autorizado se publican en el documento del Convenio Marco SVVSD-SVVEA, en el artículo 22: «Banco de Permisos por Enfermedad». Los estatutos del Banco de Permisos por Enfermedad para el personal clasificado y el personal profesional/técnico se publican en los manuales de empleados correspondientes (sección 4.9 del Manual del personal clasificado y sección 4.10 del Manual del personal APT).

Todas las solicitudes relacionadas con el Banco de Permisos por Enfermedad serán revisadas por una comisión, y cualquier decisión que esta adopte será definitiva y no estará sujeta a procedimientos de reclamación. No podrás solicitar horas del Banco de Permisos por Enfermedad mientras estés percibiendo una indemnización por accidente laboral o una prestación por incapacidad temporal del PERA.


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