Permisos de los empleados
Para St. Vrain es importante que los empleados disfruten de un buen equilibrio entre la vida laboral y personal y tengan la oportunidad de «recargar pilas» sin preocuparse por sus ingresos. Por ello, St. Vrain Valley Schools ofrece días festivos, vacaciones y permisos remunerados.
- Permisos de ausencia:haz clic aquí para consultar las preguntas frecuentes sobre los permisos de ausencia
- Formularios
Los empleados de categoría administrativa, profesional/técnica y titulados podrán participar en uno de los dos bancos de bajas por enfermedad voluntarios, que permiten a los empleados donar una parte determinada de sus días de permiso remunerado a un banco de bajas por enfermedad destinado a ayudar a los empleados que cumplan los requisitos del programa. Este programa garantiza la continuidad del salario y las prestaciones a los empleados que cumplan los requisitos en caso de enfermedad o lesión personal prolongada que les impida trabajar.
Los empleados que cumplan los requisitos pueden afiliarse al plan como nuevos contratados o durante el periodo de inscripción abierta a las prestaciones, con aportaciones procedentes de sus horas de permiso remunerado por un importe equivalente al número de horas trabajadas al día. Se puede solicitar un permiso para un periodo de recuperación si:
| Empleados titulados (con licencia) | Personal de servicios generales, personal técnico y profesional |
| Miembros con derecho a participar:Todos los profesores, tal y como se definen en el artículo 1.1 del Convenio, con excepción de los profesores de intercambio | Miembros con derecho a prestaciones:Todos los empleados del personal administrativo y del personal técnico y profesional que tengan derecho a prestaciones y trabajen al menos 17,5 horas a la semana |
| Eres miembro del Banco de bajas por enfermedad | Ha estado afiliado al Fondo de Baja por Enfermedad durante al menos un año completo (12 meses) inmediatamente antes del inicio de su baja. |
| Ha presentado en el departamento de Recursos Humanos un certificado médico en el que se indica la enfermedad o lesión y el tiempo de recuperación previsto, a través del proceso de solicitud de baja. | Te encuentras de baja temporal autorizada por el departamento de Recursos Humanos |
| Ya has agotado todas tus vacaciones pagadas | Ya has agotado todas tus vacaciones pagadas |
| Has completado 15 días de Diff Dock (la diferencia entre tu tarifa diaria y la tarifa diaria que se paga a un sustituto, independientemente de si realmente necesitas un sustituto o no) | Has disfrutado de 10 días de permiso no remunerado |
| Tu solicitud debe presentarse en un plazo máximo de 30 días naturales a partir de la fecha en que el afiliado se reincorpore al trabajo | Tu solicitud debe presentarse en un plazo máximo de 30 días naturales a partir de la fecha en que el afiliado se reincorpore al trabajo |
| Ventaja:Los miembros pueden obtener hasta 60 días de baja del fondo de bajas por enfermedad en un mismo curso académico. | Beneficio:Los miembros pueden obtener hasta 50 días de baja del Fondo de bajas por enfermedad en un mismo año académico |
Todas las solicitudes relacionadas con el Banco de Permisos por Enfermedad serán revisadas por una junta, y cualquier decisión que esta adopte será definitiva y no estará sujeta a procedimientos de reclamación. No podrá solicitar horas del Banco de Permisos por Enfermedad mientras se encuentre en situación de indemnización por accidente laboral o de incapacidad temporal del PERA.Los estatutos y procedimientos completos relativos al Banco de Licencias por Enfermedad Autorizado se publican en el documento del Acuerdo Marco SVVSD-SVVEA, en el artículo 22: Banco de Licencias por Enfermedad. Los estatutos del Banco de Licencias por Enfermedad para personal clasificado y profesional/técnico se publican en los manuales de empleados correspondientes (sección 4.9 del Manual de Personal Clasificado y 4.10 del Manual de APT).
Todas las solicitudes relacionadas con el Banco de Días de Baja por Enfermedad serán revisadas por una comisión, y cualquier decisión que esta adopte será definitiva y no estará sujeta a procedimientos de reclamación. No podrá solicitar horas del Banco de Días de Baja por Enfermedad mientras se encuentre en situación de indemnización por accidente laboral o de incapacidad temporal del PERA.

