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Información para nuevos empleados

¡Enhorabuena por tu nuevo puesto en St. Vrain Valley Schools! Como séptimo distrito más grande del estado de Colorado, con más de 5.000 empleados, estamos comprometidos a ofrecer a nuestros alumnos una educación de la máxima calidad. Tu incorporación al equipo de profesionales con talento y energía es una prueba de nuestra misión constante de alcanzar la excelencia académica por diseño. ¡Estamos encantados de tenerte con nosotros! Para que te familiarices con algunas de nuestras prácticas y procedimientos, hemos destacado algunas áreas clave en las que te recomendamos que te centres. 

Ventajas

Las prestaciones entrarán en vigor el primer día del mes siguiente a los 31 días tras tu fecha de incorporación al trabajo. Por ejemplo, si empiezas a trabajar el 9 de agosto, tus prestaciones entrarán en vigor el 1 de octubre. 

Tendrás derecho al seguro de vida básico que ofrece el Distrito si ocupas un puesto fijo a tiempo completo (FTE) y tu horario de trabajo es de 10 horas o más a la semana. Si trabajas 17,5 horas o más a la semana en un puesto fijo a tiempo completo (FTE), tendrás derecho a todas las prestaciones del Distrito. Consulta la Guía de prestaciones para nuevos empleados para obtener información detallada. Los puestos complementarios no dan derecho a prestaciones, como es el caso de los profesores suplentes, los entrenadores o los trabajadores temporales. 

El mes anterior a la fecha de entrada en vigor de tus prestaciones, recibirás un correo electrónico de bienvenida en tu dirección de svvsd.org. En él se incluirá información sobre la inscripción en las prestaciones e instrucciones para acceder al portal de empleados de Infinite Visions. 

Portal para empleados de Infinite Visions

Todos los empleados tienen acceso al portal para empleados de Infinite Visions, donde pueden aceptar su contrato de trabajo, consultar su saldo de días de vacaciones, ver e imprimir sus nóminas y formularios W-2, y darse de alta en las prestaciones para empleados.

Permiso remunerado (PTO)

El permiso remunerado (PTO) es una prestación a la que tienen derecho todos los empleados que ocupen un puesto clasificado con un calendario de 9, 10, 11 o 12 meses. Por cada mes en el que se le asigne trabajo a un empleado, este acumulará un permiso equivalente al número de horas que se le asigne trabajar cada día.

Cada año, a fecha de 30 de junio, se mantendrán hasta 40 horas de permiso remunerado en la cuenta de permiso remunerado del empleado. Las horas de permiso remunerado que superen las 40 se convertirán en baja por enfermedad acumulada. Para obtener más información, consulte la sección 4.1 del Manual del personal administrativo en hr.svvsd.org > Manuales.

Si te han contratado para un puesto de conductor de autobús, consulta con tu responsable de contratación las condiciones relativas a las vacaciones pagadas.

Vacaciones exclusivas para los empleados con contrato de 248 días

Se concede permiso de vacaciones a todos los empleados con contrato de 248 días. El permiso de vacaciones se calcula en función del número de meses de antigüedad y se acumulará mensualmente. Consulte el Manual del personal clasificado para conocer el calendario de acumulación de vacaciones. El permiso de vacaciones devengado se acumulará hasta un máximo de 240 horas. La acumulación se reanudará cuando el saldo del empleado sea inferior a 240 horas. Consulte la sección 3.9 del Manual del personal clasificado para obtener más información.

A continuación se enumeran los días festivos y otros días no laborables para los empleados con contrato de 12 meses (248 días).

  • Día de la Independencia
  • Día del Trabajo
  • El Día de Acción de Gracias y el día siguiente a Acción de Gracias
  • Nochebuena y día de Navidad
  • Día de Año Nuevo
  • Día de Martin Luther King, Jr.
  • Día del Presidente
  • Vacaciones de primavera (consulta el calendario laboral)
  • Día de los Caídos

Para consultar tu calendario laboral específico, haz clic aquí

Evaluaciones

El objetivo de las evaluaciones es fomentar el crecimiento y el desarrollo de los empleados. Este proceso sirve de base para la mejora continua. Los empleados clasificados recibirán una evaluación anual. Los empleados y los supervisores deben mantener conversaciones sobre los objetivos y las prácticas profesionales durante una revisión a mitad de año y otra al final del año. La información sobre las evaluaciones se puede consultar en hr.svvsd.org > Evaluaciones.

Desarrollo profesional

El Distrito Escolar de St. Vrain Valley ofrece apoyo educativo continuo al personal docente titulado, administrativo y de servicios, con más de 40 cursos de formación continua a bajo coste cada semestre. Para obtener más información sobre el desarrollo profesional, visita opd.svvsd.org

Calendario de pagos

A los empleados se les abona el salario una vez al mes, el último día laborable del mes. A los empleados que sean contratados y comiencen a trabajar después del día 15 del mes se les abonará el salario al mes siguiente.  A los empleados con tarjeta de control horario, como los auxiliares docentes, la mayoría de los conductores de autobús, los trabajadores de los servicios de alimentación y los acompañantes, se les paga por los días trabajados desde el día 16 del mes hasta el día 15 del mes siguiente. Al resto de empleados clasificados se les abona su salario anual repartido a partes iguales a lo largo de doce meses. 

Huellas dactilares

El distrito escolar de St. Vrain Valley exige a todos los empleados que se sometan a la toma de huellas dactilares. A los empleados se les cobra 40 dólares por la verificación de antecedentes, de los cuales se deducen 20 dólares de las dos primeras nóminas.  

Bienvenidos a PERA

Las Escuelas del Valle de St. Vrain son una de las más de 400 entidades de todo Colorado que forman parte de la PERA. PERA son las siglas de «Asociación de Jubilación de los Empleados Públicos», que ofrece prestaciones de jubilación a quienes trabajan en el sector público de Colorado. Al haber comenzado a trabajar en el distrito, ahora eres miembro de la PERA.

PERA cuenta con dos tipos de planes de jubilación: un plan de prestaciones definidas (también denominado «pensión»), en el que PERA invierte los fondos en tu nombre y, posteriormente, te proporciona una prestación mensual de por vida durante la jubilación, y un plan de aportaciones definidas, en el que tú eliges tus inversiones y, posteriormente, dispones del saldo de tu cuenta durante la jubilación.

Para obtener más información, consulta el folleto «Descripción general de PERA para nuevos miembros ». 

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